El periódico capitalino Excelsior publica el decreto presidencial para la creación de la Guardia Nacional aprobada recientemente por el Congreso de la Unión. Se destaca de esta información que los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa.
Mediante el decreto se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución y se precisa en su artículo 10 que no se podrán tener en los hogares las armas prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva, pero sí las que determine la autoridad, mediante leyes reglamentarias que serán publicadas en los próximos meses.
El decreto, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica en su artículo 10 que “La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que incluso se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.
Fuente: Excelsior.